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Nueva obligación de registrar la jornada laboral
A partir del 12 de mayo de 2019, todas las empresas tienen la obligación de registrar el inicio y la finalización de la jornada laboral de todos sus trabajadores, tanto los de tiempo parcial como los de tiempo completo.
De esta manera se garantiza el cumplimiento de los límites del horario de trabajo y se posibilita el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Cada persona, de forma individual debe recibir la relación de horas ordinarias y extraordinarias mensuales.
- Sanciones por las empresas que no registren el control horario de los trabajadores.
- Obligación de guardar los registros durante 4 años.
- Los sindicatos deberán conocer mensualmente las horas extras de los trabajadores.
- A disposición de los propio trabajador, sindicatos, inspección de trabajo y Seguridad Social.
El incumplimiento de esta nueva ley sobre el registro de la jornada laboral de los trabajadores dará lugar a sanciones con multas de entre 626 hasta 6250€ para las empresas.
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